Alcorcón suspende en transparencia: oculta las rentas, nóminas y patrimonios de la alcaldesa y los concejales

El Ayuntamiento de Alcorcón solo cumple el 39,39% de los indicadores sobre cargos electos y no publica el registro de bienes e intereses que exige la ley

por Redacción

El Ayuntamiento de Alcorcón suspende en transparencia. Los datos oficiales de la plataforma Dyntra no admiten discusión: el Consistorio cumple únicamente el 43,94% de los indicadores de transparencia municipal evaluados. Pero hay un apartado donde la opacidad adquiere contornos más graves, porque afecta directamente a lo que la ley obliga a publicar sobre quienes gestionan el dinero público. La información sobre cargos electos y personal del Ayuntamiento se queda en un 39,39%: solo cumplen 13 de los 33 indicadores analizados.

Entre esas carencias hay una que no es una recomendación de buenas prácticas ni un criterio opinable de una plataforma independiente. Es una obligación legal. El artículo 75.7 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que los representantes locales “deberán formular declaración sobre causas de posible incompatibilidad y sobre cualquier actividad que les proporcione o pueda proporcionar ingresos económicos, así como declaración de sus bienes patrimoniales y de la participación en sociedades de todo tipo”. La norma añade que esas declaraciones deben publicarse con carácter anual y, en todo caso, al finalizar el mandato.

En la página web del Ayuntamiento de Alcorcón no aparecen. No se publica el Registro de Intereses de Actividades y de Bienes que exige la legislación de régimen local. Tampoco se publican las declaraciones de la renta de la alcaldesa, de los concejales y concejalas, ni de los cargos de libre designación o personal eventual. No hay acceso a las nóminas de la alcaldesa ni de los ediles. Y la declaración patrimonial y de bienes de todos ellos, la que la ley ordena depositar en un registro público, brilla por su ausencia en el portal municipal.

La Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, fija un marco general que obliga a las administraciones locales a publicar de oficio información institucional, organizativa, jurídica, económica y presupuestaria. En el ámbito autonómico, la Ley 10/2019 de la Comunidad de Madrid desarrolla esas obligaciones para los ayuntamientos madrileños y establece que la información debe difundirse “de forma permanente y veraz”. Alcorcón no lo hace en lo que respecta a sus representantes.

Los datos de Dyntra confirman lo que cualquier ciudadano puede comprobar entrando en el portal de transparencia municipal: no hay declaraciones de bienes, no hay rentas, no hay nóminas. La plataforma, que evalúa más de un centenar de indicadores, sitúa a Alcorcón en el puesto 158 de los ayuntamientos españoles analizados y muy por debajo de municipios vecinos como Torrejón, Fuenlabrada o Parla, que superan el 75% de cumplimiento. En el apartado de transparencia económico-financiera, el Consistorio solo alcanza el 14,81%, lo que significa que tampoco se facilita información esencial sobre presupuestos, ejecución del gasto o informes económicos.

El historial de incumplimientos no es nuevo. En 2022, el Consejo de Transparencia y Participación de la Comunidad de Madrid tramitó una reclamación contra el Ayuntamiento de Alcorcón por la publicación deficiente de las agendas de los responsables políticos. La resolución, a la que ha tenido acceso este medio, constata que la agenda publicada “es mínimo y muy genérico”, se limita a frases como “reunión asociaciones y/o colectivos” o “visita comercio”, y no permite conocer “con quién se reúnen, dónde se reúnen, finalidad de la reunión”. La reclamante señalaba además que los concejales de gobierno “no tienen publicada agenda alguna”.

Los registros de reclamaciones ante los consejos de transparencia dibujan un patrón más amplio. Según los datos recopilados por la plataforma PideInfo, el Ayuntamiento de Alcorcón acumula 42 reclamaciones resueltas, de las cuales el 29% fueron estimadas contra la administración municipal. Es decir, en casi tres de cada diez casos, el ciudadano que reclamó tenía razón. Entre las resoluciones recientes figuran desestimaciones por silencio administrativo, pérdidas de objeto tras respuestas tardías del Consistorio y estimaciones parciales en solicitudes de información pública.

La Ley de Transparencia establece que el incumplimiento reiterado de las obligaciones de publicidad activa “tendrá la consideración de infracción grave” y puede dar lugar a responsabilidad disciplinaria de los responsables. Sin embargo, no fija un mecanismo automático de sanción y deja en manos de los consejos de transparencia la función de control, que se activa únicamente cuando un ciudadano o una entidad presenta una reclamación.

Mientras eso ocurre, el ciudadano que quiera saber cuánto gana la alcaldesa, qué propiedades tiene o de dónde proceden sus ingresos no encontrará la respuesta en la web del Ayuntamiento de Alcorcón. La ley dice que debe estar ahí. Pero no está.

TECNIFICACIONES PEPINITO LEGANÉS

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